UN DERECHO QUE NO SE EXIGE ES LETRA MUERTA: BEATRIZ SOLÍS LEREE

Por Yari Jazmín Torrijos Orozco
México (Aunam). En un país donde las leyes no son atendidas, resulta fundamental la formación de audiencias críticas, reflexivas y con pleno conocimiento de sus derechos. Con esa premisa, los defensores de las audiencias en México, Francisco Prieto, Gabriel Sosa Plata, Beatriz Solís y Adriana Solórzano hablaron sobre las labores que tiene la figura del defensor y, sobre todo, exaltaron la importancia que tienen las audiencias en tanto televidentes o radioescuchas. Ello, durante la conferencia realizada en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales: “Defensores de las audiencias: un derecho público”.



El actual encargado de la defensoría de las audiencias en Canal 22, Francisco Prieto, señaló que mientras haya más presión de las audiencias, será más fácil aproximarse a unos medios que se acerquen al ideal de una sociedad democrática. Y es que los tiempos de presión son indispensables, según refirió el doctor en Antropología Social, para originar las transformaciones. No obstante, “las épocas de presión social, las épocas en que siente la crisis, son curiosamente las que han producido las obras más importantes en la literatura y en las artes”.

En cuanto al papel del defensor, Francisco Prieto expresó “quiero entender la defensoría no como una mediación, sino como modo de contribuir al conocimiento del canal cultural”. Porque más allá de cualquier intermediación, la defensoría “es una labor que procura estar activa y que tiene un compromiso central con los valores democráticos, con el respeto a la diversidad, con la creación de comunidad y, sobre todo, con contribuir al aumento del nivel intelectual y de la sensibilidad; es decir, de la formación del gusto”.

En tanto, la defensora del radioescucha en Radio Educación, Beatriz Solís Leree, comentó, al principio de su participación, que el papel del defensor no es un cargo que prolifere en el país. De ahí que sólo existan cuatro defensorías para los medios públicos y una más (MVS Comunicaciones) para una emisora de radio privada en los espacios informativos.

La ex presidenta de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI) destacó que la importancia de la defensoría de las audiencias radica en el reconocimiento de que dichas audiencias tienen derechos y es que, a partir de este reconocimiento, los medios de comunicación se encuentran obligados a asumir un compromiso y responsabilizarse para que tales derechos sean atendidos. Sin embargo, “para que esos derechos sean atendidos, tienen que ser conocidos por las audiencias”, puntualizó la experta en derecho a la información e investigación de medios.

Asimismo, Beatriz Solís destacó “tenemos que hacer un trabajo muy pedagógico para que las audiencias tengan claridad y sepan cuáles son sus derechos. Y es que un derecho que no se conoce, no se exige y un derecho que no se exige, pasa a ser letra muerta”. Por ello, “una de las funciones básicas de los defensores de las audiencias es contribuir a la formación de audiencias con conciencia clara de sus derechos”.

¿Cuáles con los derechos de las audiencias?

La fundadora de la Asociación Mexicana de Investigadores de la Comunicación (AMIC), Beatriz Solís, mencionó, durante la conferencia, los ocho derechos de las audiencias planteados por la ley secundaria en materia de telecomunicaciones. No obstante, evidenció el gran hueco constitucional que existe dentro de dicha ley: “El problema no es que los derechos sean incorrectos, me parecen que son correctos porque toman fundamentalmente lo que dice la Constitución. El problema es que la disposición no nos dice cómo va a operar y la ley tiene que decirnos cómo hacerle”.

A continuación, los ochos derechos de las audiencias planteados por la ley secundaria en materia de telecomunicaciones:


  1. Recibir contenidos que reflejen el pluralismo ideológico, político, social y cultural y lingüístico de la Nación;
  2. Recibir programación que incluya diferentes géneros que respondan a la expresión de la diversidad y pluralidad de ideas y opiniones que fortalezcan la vida democrática de la sociedad;
  3. Que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta;
  4. Que se aporten elementos para distinguir entre la publicidad y el contenido de un programa;
  5. Que se respeten los horarios de los programas y que se avise con oportunidad los cambios a la misma;
  6. Ejercer el derecho de réplica en términos de su ley reglamentaria;
  7. Que se mantenga la misma calidad y niveles de audio y video durante la programación, incluidos los espacios publicitarios, y
  8. Los demás que se establezcan en ésta y otras leyes.

El defensor de las audiencias

En el cierre de la conferencia “Defensores de las audiencias: un derecho público”, el ombudsman de noticias MVS, Gabriel Sosa Plata, destacó en cuanto a su papel de defensor de las audiencias: “Nosotros estamos no sólo para advertir al medio de comunicación o a la agencia determinada que mejore sus prácticas autorregulatorias a través de los códigos de ética, sino también para contribuir a una cultura de recepción crítica, a la formación de audiencias”.

En este sentido, el moderador de la conferencia y profesor de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, Felipe López Veneroni, enfatizó “las defensorías o sistemas de mediación, no operan como órganos de censura sobre los medios en los que participan, sino al contrario, sólo pueden emitir recomendaciones, juicios de carácter valorativo y normativo”.

Por otro lado, la actual mediadora del Instituto Mexicano de la Radio (IMER), Adriana Solórzano, explicó los motivos por los cuales la figura del mediador constituye una defensoría y, al respecto, sentenció “¡Si el radioescucha tiene razón, te tienes que poner de su lado!”.













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