REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA PENAL

Por Allan López Sosa
México, (Aunam). Las leyes constitucionales en materia penal han sido reformadas con el fin de darle mejor seguimiento a la lucha contra la delincuencia organizada y, a su vez, proteger más a las víctimas de delitos a través de la ampliación de sus garantías; afirmó el procurador general de justicia del Distrito Federal, Miguel Ángel Mancera Espinosa.

En la videoconferencia Reformas constitucionales en materia penal, impartida en la Facultad de Derecho de la UNAM, en la que participó el procurador Mancera, se abordaron temas de interés social y jurídico, ya que formuló las distintas modificaciones a las que la Constitución mexicana en el Artículo 20 y 21 ha sido sujeta con el fin, entre muchas otras cosas, de asegurar los derechos de las víctimas del delito.

Se discutió la importancia del combate a la delincuencia organizada, por lo que el procurador afirmó que, con base a las reformas constitucionales en materia penal, el Derecho Penal de Combate o Derecho Penal del Enemigo tiene que llevarse a cabo en la medida que garantice la correcta utilización de arraigos, detenciones y medidas de prevención del delito hacia los delincuentes.

En presencia del director de la Facultad de Derecho, el doctor Ruperto Patiño Manffer, Mancera Espinosa consideró que aunque se dé correcto seguimiento y persecución al delito en México, gracias a las Reformas, debe considerarse el Derecho Penal de la búsqueda de la verdad histórica, esto es, cuando se persiga un violación a la ley se certifique la verdad procesal, la cual va más allá de cualquier duda razonable.

Esto con el fin de evitar la imputación de penas y castigos a aquellas personas a quienes no se les compruebe que efectivamente cometieron un delito.

Según el procurador, México es uno de los países que se encuentra en situación de sobrepoblación en cárceles, por lo tanto debe considerarse que gracias a las Reformas ahora la imputación de prisión preventiva y privación de la libertad será la última opción de castigo que debe cumplir un delincuente.

Por tal motivo, la ley Constitucional en Materia Penal ya no hará uso del auto de formal prisión, sino del auto de vinculación a un juicio, esto de acuerdo al Artículo 20 constitucional, aseguró Miguel Ángel Macera Espinosa.

Por último mencionó que en el caso de delitos considerados menores, ya existe la oportunidad de suspender los juicios, siempre y cuando existan acuerdos entre los litigantes a fin de que pueda otorgarse el perdón por parte de un denunciante hacia la persona a la que se le atribuye una pena.

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